Coaching Empresarial – Modelo de Contrato

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CONTRATOS EN COACHING EMPRESARIAL

En esta nota abordaremos los contratos en Coaching Empresarial o Coaching Organizacional. Ya hemos hablado con anterioridad sobre las resistencias a firmar contratos de coaching y la importancia de los contratos en el coaching personal.

En esta ocasión, queremos acercarles un modelo complejo de contrato de coaching empresarial. En el coaching empresarial intervienen muchas partes. Si se trata de una empresa que contrata a otra empresa para recibir servicios de coaching empresarial o servicio de coaching de equipos, las partes que intervienen tienen que comprender el alcance de los servicios de coaching. Y el contrato en Coaching Empresarial, es la manera de dejar más claras las pautas.

QUIÉNES INTERVIENEN EN LOS CONTRATOS DE COACHING EMPRESARIAL

Cuando una empresa contrata a otra para brindar servicios de coaching empresarial, las partes intervinientes son:

1- El cliente

Es decir, la empresa o persona jurídica, que solicita el servicio de coaching empresarial, que estará representada legalmente por una persona física.

2- El proveedor

La empresa, o persona jurídica, que entregará el servicio de Coaching Empresarial, y que también tendrá un representante legal, como el presidente, socio gerente, apoderado o director.

3- El Sponsor

Es el sector o persona dentro del cliente, que solicita el servicio de Coaching. Por ejemplo, el Jefe de Ventas solicitó coaching ejecutivo para 5 de sus vendedores estrella.

Esta solicitud, seguramente se cursó por el departamento de recursos humanos, que seguramente después de aprobarlo, lo envío al departamento de compras. El Jefe de ventas estará interesado en saber los avances, este señor es el Sponsor.

Otras veces lo solicita directamente recursos humanos, convirtiéndose este departamento en el sponsor. Es decir, el Sponsor es el interesado en los avances del proceso de Coaching Empresarial.

4- El Coach o los coaches

Son las personas designadas por el proveedor, para entregar los servicios de coaching a requerimientos del cliente.

5- El Coachee o los Coachees

Son las personas dentro de la empresa, que el Sponsor designó para recibir conversaciones o el proceso de coaching empresarial o coaching ejecutivo.

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En los Contratos de Coaching Empresarial Intervienen varias Figuras

PUNTOS A TENER EN CUENTA EN EL COACHING EMPRESARIAL

Como se ve, son muchas las partes involucradas, y todos, de alguna manera deben estar al tanto de cuáles son las reglas del juego. Especialmente los Coachees y el Sponsor. Acá es donde empezamos a ver la importancia de los acuerdos o contratos de coaching empresarial. Este es uno de los puntos que reforzamos en nuestros cursos de coaching.

MODELO DE CONTRATOS DE COACHING EMPRESARIAL

Hace poco firmamos con una empresa grande un contrato de coaching empresarial que funcionó muy bien, luego de probar varios modelos, hemos elegido este como el más efectivo. Espero que te sea de utilidad, y si te sirvió, comparte.

ACUERDO DE COACHING EMPRESARIAL

Acuerdo entre XXXXXXX S.A., representada en este acto por ………………………………………………, de aquí en adelante EL CLIENTE, y IAFI S.A., representada en este acto por XXXXXXX, en calidad de representante legal, en adelante EL PROVEEDOR, acuerdan el servicio de prestación de SERVICIO DE COACHING, mediante el cual, EL PROVEEDOR se compromete a proporcionar dichos servicios para EL CLIENTE bajo las siguientes cláusulas

CLAÚSULA PRIMERA: OBJETIVOS DEL COACHING

El Coaching tendrá cómo lineamiento general la obtención de los siguientes objetivos: escribir los objetivos previamente definidos con el sponsor

CLÁUSULA SEGUNDA: SOBRE LOS PARTICIPANTES DEL PROCESO

CLIENTE: La empresa que requiere los servicios

SPONSOR: La persona o departamento perteneciente al cliente que solicitó el servicio de Coaching.

PROVEEDOR: La empresa que suministra el servicio de coaching

COACH: La persona designada por el proveedor para brindar el servicio de Coaching

COACHEE: La persona designada por el cliente para recibir el servicio de Coaching

CLÁUSULA TERCERA: DESIGNACION DE COACHES

EL PROVEEDOR asegura la calidad de los Coaches que prestarán servicio, designando para ello, Coaches Certificados por la International Coach Federation (ICF), todos portadores de credenciales de ICF. Los Coaches designados para el presente contratos son:

XXXXXXX: Con credenciales de Professional Certified Coach (PCC) de ICF

YYYYYYYY: Con credenciales de Professional Certified Coach (PCC) de ICF

ZZZZZZZZ: Con credenciales de Professional Certified Coach (PCC) de ICF

Si por razones de fuerza mayor fuera necesario reemplazar a uno de los Coaches designados, EL PROVEEDOR se compromete en designar otro COACH con similar experiencia.

contratos en coaching empresarial
Asegúrate de no dejar nada librado al azar en tu contrato de coaching

CLÁUSULA CUARTA: DEFINICIÓN

El coaching es una asociación entre el COACH y el COACHEE, en un proceso de reflexión y creatividad que inspira al COACHEE para maximizar su potencial personal y profesional.

CLÁUSULA QUINTA: RESPONSABILIDADES

EL COACH se compromete a mantener las normas éticas y de comportamiento establecidas por la Federación Internacional de Coaching (CF)

EL COACHEE es responsable de su propio bienestar físico, mental y emocional, y de sus decisiones, opciones, acciones y resultados. Como tal, EL CLIENTE Y EL COACHEE están de acuerdo con que EL COACH no es y no será responsable cualquier acción o inacción, o de cualquier resultado directo indirecto por el servicio prestado.

EL CLIENTE y el COACHEE entiende que el coaching no es una terapia, no sustituye a otro tratamiento y no está diseñado para prevenir, curar o tratar cualquier trastorno mental u otra enfermedad.

El CLIENTE entiende que el coaching no debe ser utilizado como sustituto de asesoramiento profesional legal, mental, médico o el que brindan otras profesiones calificadas.

Si EL COACHEE está bajo el cuidado de un profesional de la salud mental, EL COACH recomienda informar a este profesional que está participando de un proceso de coaching.

EL COACHEE se compromete a ser sincero, estar abierto a comentarios, y disponer del tiempo y la energía para participar plenamente del programa.

CLÁUSULA SEXTA: SOBRE LOS SERVICIOS

Las partes acuerdan comenzar el proceso de coaching empresarial en indicar la fecha y a participar de un mínimo de XXX sesiones con una frecuencia no mayor a XXXX días entre cada una, a través de reuniones personales en las oficinas de EL CLIENTE, en las oficinas de EL PROVEEDOR, o en su defecto, a través de VIDEOLLAMADAS. En este mismo orden de preferencia.

El servicio contratado deberá finalizar como máximo en el mes de XXXXXXXX

CLÁUSULA SÉPTIMA: PROGRAMACIÓN Y HORARIOS

Este acuerdo de coaching empresarial es válido a partir de la fecha. El pago se realizará a mes vencido acorde a la cantidad de conversaciones llevadas a cabo durante el mes. Las conversaciones serán de un máximo de XXXX minutos de duración. Las conversaciones se programarán con al menos XXXX días de anticipación.

En caso de que EL CLIENTE, EL SPONSOR o EL COACHEE cancelen una conversación con un tiempo de antelación menor a XXXX horas, EL PROVEEDOR se reserva el derecho de facturar dicha sesión. Si fuera con antelación mayor a XXXX horas, se reprogramará otra conversación sin ningún cargo.

CLÁUSULA OCTAVA: PROCEDIMIENTO

El tiempo de las reuniones y la forma en la que el cliente tomará contacto con EL COACH serán determinadas por el COACH y el COACHEE de mutuo acuerdo.

CLÁUSULA NOVENA: CONFIDENCIALIDAD

Esta relación de coaching, así como la información que EL COACHEE comparta con EL COACH como parte de la relación, está ligada a la confidencialidad del código de ética de la ICF. EL COACH está de acuerdo en no divulgar cualquier información relacionada con EL COACHEE sin el consentimiento de EL COACHEE.

La confidencialidad no incluye la información que:

a) estaba en posesión de EL COACH antes de ser proporcionada por EL COACHEE;

b) es generalmente conocida por el público o la industria de EL CLIENTE;

c) EL COACH obtiene de un tercero;

d) es desarrollada independientemente por el COACH sin uso de la información confidencial que brinda EL COACHEE.

EL SPONSOR y EL CLIENTE entiende y aceptan la cláusula de confidencialidad. Entienden y aceptan que EL COACH no podrá brindar información confidencial revelada por el COACHEE a excepción de que éste lo autorice. EL COACH podrá entregar informes de avances, si son requeridos, siempre y cuando no viole el acuerdo de confidencialidad.

EL SPONSOR puede solicitar reuniones junto al COACH y el COACHEE para mantenerse informado con mayores detalles, siempre y cuando el COACH y el COACHEE acuerden previamente si revelarán información confidencial o no.

CLÁUSULA DÉCIMA: USO DE LA INFORMACIÓN

El coach participa de formación y educación continua para mantener sus credenciales de ICF. Este proceso requiere los nombres y correos de sus COACHEES para una verificación por parte de ICF. Con la firma de este acuerdo, el COACHEE acepta que se dé a conocer solo su nombre y correo, fecha inicial, fecha final y cantidad de sesiones del proceso de coaching. Esta información será compartida por los miembros de ICF con el propósito de verificar la relación profesional. El COACH nunca compartirá notas personales ni ninguna otra información.

COACHEE ACEPTA:___________________          COACHEE RECHAZA:___________________

CLÁUSULA UNDÉCIMA: TERMINACIÓN

Cualquiera de las partes involucradas puede rescindir este contrato en cualquier momento con XXXX semanas/días de previo aviso por escrito.

En XXXXXXX, a los _______del mes de __________________se firman 3 copias del mismo tenor.

Nombre del Coache:                                                                     Firma del Coachee:

Nombre del Coach:                                                                        Firma del Coach:

Nombre y Cargo del Sponsor:                                                   Firma del Sponsor:

Firma del Cliente:                                                                           Firma del proveedor:

 

CLÁUSULA DE LITIGIO EN EL COACHING EMPRESARIAL

Este contrato de coaching empresarial, no incluye la cláusula en caso de litigio. Se puede agregar algo como lo siguiente:

En caso de litigio, se establecen los tribunales de la Ciudad de Buenos Aires, para resolver cualquier tipo de cuestión de índole legal que resultare de la ejecución del presente contrato de coaching personal

Bibliografía de apoyo: Competencias de Coaching Aplicadas – Damián Goldvarg – Ediciones Gránica

Ing. Axel Persello

Professional Coach (PCC) por ICF

Trainer en PNL, Fellow Member Trainer de IANLP

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